Manual de trámites
Consulado Argentino en Los Ángeles

https://www.consular.info/losangeles

Asistencia Consular

El Consulado brinda asistencia consular de distintos tipos:

El Consulado no se encarga, en general, de legalizar documentos, ni de tramitar partidas de registro civil.


Armas y municiones: autorización de ingreso definitivo

Una persona que viaja a la Argentina para radicarse allí y pretende llevar armas de fuego y municiones debe solicitar permiso para el ingreso definitivo de ese material. Ese permiso puede tramitarse ante el Consulado de dos maneras: presencial o por correo postal.

Tramitación presencial de permiso de ingreso definitivo de armas y municiones

El interesado debe contar con:

Cómo iniciar el trámite presencial

El interesado debe solicitar un turno por email a secon_clang@cancilleria.gob.ar. El día del turno, concurrirá al Consulado con la documentación arriba reseñada. Un cónsul verificará esa documentación y luego le requerirá pagar 80 dólares por alguno de los medios de pago admitidos, y firmar en el Consulado el formulario C. Puede traer al Consulado el formulario ya completado, pero debe firmarlo en el Consulado ante un agente consular. Si el formulario ya está firmado cuando lo presenta en el Consulado, deberá llenar un nuevo formulario.

Tramitación por correo postal de permiso de ingreso definitivo de armas y municiones

El interesado debe contar con:

Cómo iniciar el trámite por correo postal

Envíe al Consulado por correo postal la documentación recién detallada.

Una vez procesada la documentación, le enviaremos en el sobre prepago toda la documentación y el permiso de ingreso definitivo de armas y municiones dentro de 3 días hábiles.


Armas y municiones: autorización de ingreso temporal

Si usted planea ingresar a la Argentina con una o más armas de fuego y municiones, para hacer tiro deportivo, caza o por otra razón legítima, debe obtener previamente un permiso temporal. Este permiso puede tramitarse ante el Consulado de dos maneras: presencial o por correo postal.

Tramitación presencial de permiso de ingreso temporal de armas y municiones

El interesado debe contar con:

Cómo iniciar el trámite presencial

El interesado debe solicitar un turno por email a secon_clang@cancilleria.gob.ar. El día del turno, concurrirá al Consulado con la documentación arriba reseñada. Un cónsul verificará esa documentación y luego le requerirá pagar 80 dólares en concepto de arancel por alguno de los medios de pago admitidos, y firmar en el Consulado el formulario A. Puede traer al Consulado el formulario ya completado, pero debe firmarlo en el Consulado ante un agente consular. Si el formulario ya está firmado cuando lo presenta en el Consulado, deberá llenar un nuevo formulario.

Tramitación por correo postal de permiso de ingreso temporal de armas y municiones

El interesado debe contar con:

Cómo iniciar el trámite por correo postal

Envíe al Consulado por correo postal la documentación recién detallada.

Una vez procesada la documentación, le enviaremos en el sobre prepago toda la documentación y el permiso de ingreso temporal de armas y municiones dentro de 3 días hábiles.


Autenticación de fotocopias

El Consulado puede autenticar fotocopias de documentos teniendo los documentos originales a la vista.

El interesado debe contar con:

Observaciones

La autenticación de fotocopias no constituye “legalización” del documento, ni reemplaza a la Apostilla de La Haya. Una “copia autenticada” es una fotocopia del documento original (partida de nacimiento, certificado de estudios, pasaporte, etcétera), que es sellada y firmada por un cónsul para confirmar que es una copia fiel y correcta del original. La autenticación de fotocopia no da fe de la autenticidad o el contenido del documento original.


Carta poder ANSES

Los titulares de beneficios de ANSES (jubilación o pensión) residentes en la jurisdicción de este Consulado General pueden firmar ante el Cónsul la “carta poder ANSES” con la que apoderan a cualquier persona mayor de edad para que tramite en su nombre jubilación, pensión o reajuste ante ANSES. El trámite es gratuito. Otros formularios de ANSES también pueden tramitarse de esta manera.

Cómo iniciar el trámite

  1. Descargar el formulario ANSES PS 6.4 e imprimirlo
  2. Llenar ese formulario ANSES impreso pero dejarlo sin firmar
  3. Tener a mano el DNI del poderdante
  4. Inscribirse para la entrevista en bit.ly/sobrevivo
  5. Entrar el lunes o viernes a las 9 (hora de Los Ángeles) en bit.ly/consuconsul para mantener una entrevista online con un cónsul durante la cual recibirá instrucciones

Concluida la entrevista online, el poderdante remitirá por correo postal al Consulado la documentación que en la entrevista se le haya indicado.

Otros formularios de ANSES

El mecanismo aquí descripto puede usarse también si el titular de un beneficio de ANSES necesita firmar ante autoridad consular otros formularios de ANSES.


Certificación de firma

El Consulado puede certificar que un documento ha sido firmado en presencia del cónsul.

El interesado debe contar con:

Cómo iniciar el trámite

Solicite un turno por email a secon_clang@cancilleria.gob.ar indicando el tipo de documento que desea firmar en presencia del cónsul para obtener la certificación de firma. A la brevedad posible recibirá en respuesta un turno para concurrir al Consulado con el documento sin firmar. En el Consulado, pagará 60 dólares por cada firma a certificar, por alguno de los medios de pago admitidos, y firmará en presencia del cónsul.

Observaciones

La certificación de firma no constituye un acta o escritura pública como un poder, ni puede realizarse en un poder. La certificación de firma generalmente se realiza en contratos, autorizaciones para percibir haberes jubilatorios, transferencias de vehículos registrados en Argentina, y declaraciones, y consiste en un sello y firma del documento por el Consulado para confirmar que el mismo ha sido firmado por la persona en presencia del Cónsul. La certificación de firma no da fe del contenido del documento ni de la veracidad de las manifestaciones del firmante.


Certificado de antecedentes penales

El certificado de antecedentes penales es una constancia, expedida por el Registro Nacional de Reincidencia del gobierno argentino, de que una persona carece de antecedentes penales en la Argentina. En el exterior, el trámite se compone de dos partes: en la primera parte, el interesado gestiona online una solicitud de averiguación de antecedentes; en la segunda parte, el interesado es identificado en el Consulado para remitir datos biométricos al Registro referido, que al día siguiente expide el certificado.

Primera parte (solicitud de averiguación de antecedentes)

1. Ingrese al portal del Registro Nacional de Reincidencia y llene todos los campos solicitados. Tenga en cuenta lo siguiente:

2. Una vez completo el formulario en todos sus campos, imprima la Solicitud de averiguación de antecedentes penales.

3. Abone el trámite de solicitud e imprima el Comprobante de pago con membrete de RNR que aparecerá en pantalla.

4. Corrobore que ambos documentos recién impresos (Solicitud y Comprobante) lleven EL MISMO CÓDIGO (es el número que figura en ambos documentos bajo un código de barras).

Segunda parte (identificación ante el Consulado y gestión del certificado)

1. Cumplidos los pasos anteriores, solicite un turno a secon_clang@cancilleria.gob.ar.

2. El día del turno, concurra al Consulado con la siguiente documentación:

Observaciones generales

El trámite es personal y presencial. En el Consulado se le tomarán las huellas digitales y se le entregará un Comprobante de trámite. El Certificado de Antecedentes Penales estará disponible a las 24 horas hábiles de realizado el trámite en el Consulado. El interesado podrá descargarlo desde la página del Registro Nacional de Reincidencia e imprimirlo.

Si el organismo al que va a presentar el Certificado de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia requiere poner la Apostilla de La Haya (es decir, la legalización internacional) al certificado, infórmelo al solicitar el turno por email al Consulado.

Observación sobre certificado para menores de edad

No se expiden certificados de antecedentes penales respecto de menores que no hayan cumplido los 16 años.

Si el solicitante tiene 16 o 17 años y no se encuentra emancipado, deberá concurrir al Consulado acompañado de un progenitor, quien se identificará con su DNI o pasaporte y acreditará el vínculo acompañando la partida de nacimiento del menor.

Quien acompañe al menor deberá previamente dejar por escrito su autorización en el Formulario de Solicitud.

Observación sobre mecanismo alternativo

Hay una manera alternativa de lograr un certificado de antecedentes penales argentino. El solicitante debe ingresar a https://www.argentina.gob.ar/justicia/reincidencia/antecedentespenales y seguir los pasos allí indicados.


Certificado de defunción

El Consulado tramita el certificado de defunción argentino, preparado a partir del certificado de defunción estadounidense, y que puede ser necesario para hacer trámites en la Argentina.

El solicitante debe contar con:

Cómo iniciar el trámite

Verifique la coincidencia total entre el nombre del difunto en el certificado de defunción estadounidense y el nombre del difunto en su DNI argentino. Si existieran diferencias, solicite una rectificación o enmienda en el certificado de defunción estadounidense o, para el caso de difuntas casadas, solicite que su nombre original argentino se consigne en el campo AKA (“also known as”) del certificado de defunción estadounidense y agregue a la documentación el certificado de matrimonio. Si ese certificado de matrimonio fuera estadounidense, deberá ser apostillado y traducido.

Luego, envíe por correo postal o entregue en persona la documentación arriba señalada al Departamento de Opciones en nuestro Consulado, en días hábiles de 9 a 12. Si desea recibir por correo el certificado de defunción argentino, agregue un sobre prepago con su dirección como destinatario.

Finalización del trámite

El certificado de defunción argentino tramitado por el Consulado estará listo en 3 semanas. El Consulado avisará por email al solicitante que el certificado está listo. El solicitante puede retirarlo en persona o, si contamos con un sobre prepago, le remitiremos por correo el certificado.

Observaciones

Este trámite involucra un certificado estadounidense de nacimiento, defunción o matrimonio. El Consulado no está habilitado por la ley local para obtener esos certificados, que deben ser obtenidos por los interesados directamente.


Certificado de residencia aduanero

Los argentinos que retornen a residir definitivamente al país luego de vivir en el extranjero, y los extranjeros que hayan obtenido residencia permanente en la Argentina, pueden importar sin gravámenes los efectos personales, muebles y otros bienes de uso doméstico de su propiedad, como herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, siempre que estos no permitan presumir la instalación de talleres, laboratorios comerciales, industriales o semejantes. Para lograrlo, el Consulado expide un certificado de residencia aduanero.

El interesado debe cumplir estas condiciones:

El interesado debe contar con:

Cómo iniciar el trámite

El interesado que cuente con la documentación arriba señalada debe enviarla escaneada como un archivo adjunto a secon_clang@cancilleria.gob.ar. El Consulado estudiará la documentación y, en caso de estar completa y correcta, dará una cita al interesado. Al concurrir al Consulado, el interesado deberá traer toda la documentación reseñada arriba y pagar el arancel de 80 dólares (si no planea llevar un automóvil) o 180 dólares (si planea llevar un automóvil) por alguno de los medios de pago admitidos.

El interesado puede solicitar, al enviar la documentación adjunta, que el trámite se realice de modo remoto, mediante videoconferencia. En tal caso, toda la documentación, incluido el “money order”, deberá ser enviada por correo postal al Consulado.

Observaciones sobre el papel de la Aduana en el ingreso

Teniendo en cuenta la complejidad de la normativa aplicable (Resolución de la Aduana 5107/1980, Resolución de la Aduana 3751/1994 y Resolución de AFIP 3109/2011), así como la condición de autoridad final de la Aduana argentina en la materia, es imprescindible el asesoramiento que brindará al interesado el despachante de aduana elegido para la tramitación. Para contactar despachantes de aduana, recomendamos acudir a la Cámara respectiva.

La autoridad de la Aduana argentina se aplica también en caso de que los bienes que el interesado ingresará a la Argentina sean transportados como equipaje, por lo que se recomienda en todos los casos acudir a la Cámara respectiva para pedir asesoramiento.


Certificado de residencia no aduanero

Las personas que residen en la jurisdicción de este Consulado y necesiten probarlo en la Argentina (por ejemplo, para vender un inmueble en la Argentina, o para demostrar domicilio ante la AFIP) pueden obtener un Certificado de residencia.

El interesado debe contar con:

Cómo iniciar el trámite

Presentar personalmente en el Consulado, o enviar por correo postal, toda la documentación recién reseñada (los originales y las fotocopias indicadas). Si el Consulado le indica que la documentación está aceptada, deberá pagar 80 dólares por alguno de los medios de pago admitidos.

Los trámites se procesan en 3 días hábiles. Los documentos originales serán devueltos al interesado una vez terminado el trámite.


Certificado de supervivencia

El Consulado expide certificados de supervivencia. Estos son gratuitos si los solicita quien percibe una jubilación o pensión argentina, y tienen un costo de 80 dólares para fines distintos del jubilatorio.

Usted puede consultar directamente la web de ANSES o consultar a ANSES sobre temas previsionales llamando al +54 11 4015-5825.

Cómo iniciar el trámite

Observaciones

Si desea mejorar la experiencia de la entrevista online, instale en su celular la aplicación “Google Meet” (puede instalarse en teléfonos iPhone y en teléfonos Android).

Concluida la videoconferencia, si el beneficio pertenece a ANSES, el Consulado informa oficialmente a ANSES y remite al interesado, por email, el Certificado de supervivencia. Si el beneficio es de una entidad distinta de ANSES, el beneficiario recibirá el Certificado de supervivencia para tramitarlo ante la entidad correspondiente.

En caso de solicitar un certificado de supervivencia para una finalidad distinta que el cobro de su jubilación o pensión, deberá pagar 80 dólares por alguno de los medios de pago admitidos.

Si tiene alguna duda sobre este trámite, envíe una consulta a supervivencia_clang@cancilleria.gob.ar o escriba al WhatsApp de supervivencias (323-914-0660).

Usted puede consultar directamente la web de ANSES o consultar a ANSES sobre temas previsionales llamando al +54 11 4015-5825.

Historia reciente

La ley 27721 eliminó a partir del 17 de julio de 2023 el requisito de probar la supervivencia para cobrar la jubilación o pensión. Sin embargo, la Resolución 151/2023 de ANSES, de fecha 26 de julio de 2023, determinó que para jubilados o pensionados con residencia en el exterior se mantiene la obligación de demostrar supervivencia cada seis meses.


Certificado de supervivencia notarial

Usted puede obtener un certificado de supervivencia sin concurrir personalmente al Consulado, utilizando los servicios de un “notary public” de su elección.

Cómo iniciar el trámite

  1. Descargar el formulario de Certificado notarial de supervivencia.
  2. Firmar y estampar su huella digital en el formulario de Certificado de supervivencia en presencia de un “notary public” registrado en la Secretaría de Estado del Estado de su residencia. El Notario deberá constatar y especificar en el formulario el número de DNI, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica del solicitante, firmarlo y estampar su sello (por favor, asegúrese de que todos los campos estén completos);
  3. Solicitar a la Secretaría de Estado del Estado en el que usted reside la aplicación de la Apostilla de La Haya sobre el certificado de supervivencia firmado e intervenido por el “notary public”, si se trata de la primera vez que usted utiliza este procedimiento de emisión de certificado de supervivencia a distancia.
  4. Enviar por correo postal al Consulado:

El Consulado le enviará por email o por correo postal el certificado y la constancia de transmisión a ANSES.


Competencias del Consulado

Son competencias del Consulado:

No son competencias del Consulado:


DNI: cambio de domicilio

El ciudadano argentino está obligado a mantener actualizado su domicilio en su DNI. Los argentinos que residen en la jurisdicción del Consulado General en Los Ángeles pueden solicitar a este Consulado el cambio de domicilio, para que en su DNI aparezca su domicilio en alguno de los 12 Estados de nuestra jurisdicción.

El cambio de domicilio en el DNI, para que en él aparezca su domicilio en alguno de los 12 Estados de la jurisdicción del Consulado General en Los Ángeles, trae aparejada automáticamente la inclusión en el padrón electoral del Consulado en la próxima renovación y publicación del padrón electoral.

El interesado debe contar con:

Si el titular del DNI es menor de 18 años, adicionalmente se requiere:

Caso de solicitante que es argentino por opción o por naturalización

Si el ciudadano argentino que inicia el trámite no es argentino nativo, sino argentino por opción o por naturalización, a la documentación arriba indicada deberá agregarle la carta de ciudadanía que puede obtener en la CNE o el testimonio de la opción de nacionalidad efectuada en un Consulado.

Cómo iniciar el trámite

La obtención de un DNI es un trámite personal, porque su titular debe firmar y colocar su impresión digital. Para iniciar el trámite, envíe a secon_clang@cancilleria.gob.ar foto o escaneado de toda la documentación arriba indicada. El Consulado analizará los documentos adjuntos y le responderá por la misma vía con una cita. El día de la cita, el interesado deberá traer la documentación original arriba indicada y pagar 15 dólares por alguno de los medios de pago admitidos. Una vez concluido el trámite en nuestras oficinas, su nuevo DNI llegará al Consulado desde Buenos Aires en un plazo estimado de 45 días. El Consulado le informará por email que puede retirarlo en persona o recibirlo por correo postal.


DNI: cambio de nombre

Un ciudadano argentino puede cambiar su nombre en su documentación argentina (DNI, pasaporte). Si el motivo del cambio deseado es un cambio de género, y usted vive en la jurisdicción de este Consulado, envíe un email a secon_clang@cancilleria.gob.ar pidiendo ayuda con el procedimiento. En los demás casos, el procedimiento que se aplica es el descripto en esta página.

El primer paso consiste en un trámite, sin intervención de este Consulado, en el que el argentino manifiesta al Registro Civil donde esté registrado su nacimiento (el de la provincia donde nació) que desea proceder a cambiar su nombre. Los Registros Civiles argentinos son entidades provinciales y para esta tramitación cada uno ofrece un sistema distinto. El Consulado no participa de esta etapa del trámite. Sugerimos consultar la lista de páginas web de los Registros Civiles de las provincias.

Una vez que el Registro Civil de la provincia argentina de su nacimiento le haya comunicado que el cambio de nombre está concluido, el ciudadano argentino que desea asentar el nuevo nombre en sus documentos argentinos (DNI, pasaporte) y reside en la jurisdicción de este Consulado General, deberá obtener de ese Registro Civil una partida con los datos rectificados.

Con esa partida rectificada, podrá obtener en el Consulado un nuevo DNI y un nuevo pasaporte que reflejarán las novedades de nombre asentadas en el Registro Civil.


DNI: nuevo ejemplar por deterioro o vencimiento

Si usted es argentino, necesita un nuevo DNI porque el actual se encuentra deteriorado o vencido, y vive en la jurisdicción de este Consulado, puede solicitar al Consulado la emisión de una nueva tarjeta. Esta nueva tarjeta conservará el mismo número de DNI y solamente indicará cambio de ejemplar.

El interesado debe contar con:

Si el titular del DNI deteriorado o vencido es menor de 18 años, debe contar adicionalmente con:

Caso de solicitante que es argentino por opción o por naturalización

Si el ciudadano argentino que inicia el trámite no es argentino nativo, sino argentino por opción o por naturalización, a la documentación arriba indicada deberá agregarle la carta de ciudadanía que puede obtener en la CNE o el testimonio de la opción de nacionalidad efectuada en un Consulado.

Cómo iniciar el trámite

Una vez reunida la documentación arriba informada, solicite turno a secon_clang@cancilleria.gob.ar agregando fotos o escaneados de la documentación arriba informada. El trámite es personal, por lo que se dará turno al interesado para concurrir al Consulado provisto de esa documentación. Deberá pagar el arancel de 15 dólares por alguno de los medios de pago admitidos. Una vez concluido el trámite en nuestras oficinas, su nuevo DNI llegará al Consulado desde Buenos Aires en un plazo estimado de 45 días. El Consulado le informará por email que puede retirarlo en persona o recibirlo por correo postal.


DNI: nuevo ejemplar por extravío o robo

Si usted es argentino, necesita un nuevo DNI por haber perdido el suyo o porque se lo robaron, y vive en la jurisdicción de este Consulado, puede solicitar al Consulado la emisión de una nueva tarjeta de DNI. Esta nueva tarjeta conservará el mismo número de DNI y solamente indicará cambio de ejemplar.

El interesado debe contar con:

Si el titular del DNI extraviado o sustraído es menor de 18 años, debe contar adicionalmente con:

Caso de solicitante que es argentino por opción o por naturalización

Si el ciudadano argentino que inicia el trámite no es argentino nativo, sino argentino por opción o por naturalización, a la documentación arriba indicada deberá agregarle la carta de ciudadanía que puede obtener en la CNE o el testimonio de la opción de nacionalidad efectuada en un Consulado.

Cómo iniciar el trámite

Una vez reunida la documentación arriba informada, enviar un email a secon_clang@cancilleria.gob.ar con la documentación escaneada, que será estudiada en el Consulado. Verificada la misma, el Consulado dará turno al interesado para concurrir en persona, provisto de la documentación arriba señalada, y deberá pagar 15 dólares por alguno de los medios de pago admitidos. Una vez concluido el trámite en nuestras oficinas, su nuevo DNI llegará al Consulado desde Buenos Aires en un plazo estimado de 45 días. El Consulado le informará por email que puede retirarlo en persona o recibirlo por correo postal.


DNI: primer ejemplar para argentinos nativos que nunca lo tuvieron

Si usted es argentino nativo, nunca ha tenido DNI, y vive en la jurisdicción de este Consulado, puede solicitar al Consulado la emisión sin costo de un DNI. Las tarjetas de DNI las confecciona RENAPER en la Argentina, pero el trámite comienza en el Consulado con la toma de datos biométricos.

El interesado debe contar con:

Cómo iniciar el trámite

Envíe a secon_clang@cancilleria.gob.ar escaneado de esa documentación, y solicite un turno. El día convenido para el turno, el titular del futuro DNI deberá presentarse en el Consulado con esa documentación y con dos testigos mayores de edad que no sean familiares directos (padres, hijos, hermanos o cónyuges). Estos testigos deben identificarse con sus respectivos DNIs (si son argentinos) o pasaportes vigentes (si no son argentinos). Una vez concluido el trámite en nuestras oficinas, su nuevo DNI llegará al Consulado desde Buenos Aires en un plazo estimado de 90 días. El Consulado le informará por email que puede retirarlo en persona o recibirlo por correo postal.

Observaciones

La tramitación de este DNI no tiene costo para el solicitante.


DNI: primera actualización

La ley argentina obliga a renovar una primera vez el DNI de un ciudadano argentino cuando su titular tiene entre 5 y 8 años de edad. Este trámite puede hacerse en el Consulado de modo presencial, si el titular del DNI vive en la jurisdicción de este Consulado.

El interesado debe contar con:

Cómo iniciar el trámite

Envíe escaneado de toda la documentación arriba indicada a secon_clang@cancilleria.gob.ar y solicite un turno. El día del turno, se presentarán en el Consulado el menor y sus padres o tutores con la documentación arriba indicada y pagarán 15 dólares por alguno de los medios de pago admitidos. En el Consulado se tomarán datos biométricos del menor. Una vez concluido el trámite en nuestras oficinas, su nuevo DNI llegará al Consulado desde Buenos Aires en un plazo estimado de 45 días. El Consulado le informará por email que puede retirarlo en persona o recibirlo por correo postal.

Observación sobre demoras en actualizar el DNI

Esta primera actualización debe completarse cuando el titular del DNI tiene 5, 6, 7 u 8 años de edad. Si el día del turno en el Consulado es posterior en más de 8 días hábiles al día en que el titular del DNI cumplió los 9 años de edad, deberá abonar otros 15 dólares por alguno de los medios de pago admitidos para pagar la multa correspondiente.


DNI: segunda actualización

La ley argentina obliga a renovar una segunda vez el DNI de un ciudadano argentino cuando su titular tiene 14 años de edad. Este trámite puede hacerse en el Consulado de modo presencial, si el titular del DNI vive en la jurisdicción de este Consulado.

El interesado debe contar con:

Cómo iniciar el trámite

Envíe escaneado de toda la documentación arriba indicada a secon_clang@cancilleria.gob.ar y solicite un turno. El día del turno, se presentarán en el Consulado el menor y sus padres o tutores, munidos de la documentación arriba indicada y abonará 15 dólares por alguno de los medios de pago admitidos. En el Consulado se tomarán datos biométricos del menor. Una vez concluido el trámite en nuestras oficinas, su nuevo DNI llegará al Consulado desde Buenos Aires en un plazo estimado de 45 días. El Consulado le informará por email que puede retirarlo en persona o recibirlo por correo postal.

Observación sobre demoras en actualizar el DNI

Esta segunda actualización debe completarse mientras el titular del DNI tiene 14 años de edad. Si el día del turno en el Consulado es posterior en más de 8 días hábiles al día en que el titular del DNI cumplió los 15 años de edad, deberá abonar otros 15 dólares por alguno de los medios de pago admitidos para pagar la multa correspondiente.

Si el día del turno en el Consulado el titular del DNI ya ha cumplido los 21 años de edad, en el Consulado firmará una Declaración Jurada en presencia de dos testigos que no pueden ser familiares directos.


Datos de contacto

Contacto directo con cada sección

Información general

Manual de trámites, preparado para imprimir: www.consular.info/losangeles

Web: clang.cancilleria.gob.ar

Teléfono: 323-954-9155.

Fax: 323-934-9076.

Horario de atención al público: lunes a viernes de 9:00 a 13:00, salvo los días no laborables.

Redes sociales

Facebook: https://www.facebook.com/ArgentinaEnLosAngeles

Instagram: https://www.instagram.com/arg_clang

X (ex Twitter): https://www.x.com/arg_clang


Días no laborables en 2025

El Consulado General estará abierto al público en el año 2025 de lunes a viernes de 9:00 AM a 1:00 PM, salvo los siguientes días que son no laborables:

Miércoles 1 de enero (Año Nuevo)

Lunes 20 de enero (Martin Luther King day)

Lunes 17 de febrero (President’s Day)

Lunes 3 de marzo (Carnaval)

Martes 4 de marzo (Carnaval)

Lunes 24 de marzo (Día de la Memoria)

Miércoles 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas)

Jueves 17 de abril (Jueves Santo)

Viernes 18 de abril (Viernes Santo)

Jueves 1 de mayo (Día del Trabajador)

Lunes 26 de mayo (Memorial Day)

Lunes 16 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes)

Jueves 19 de junio (Juneteenth)

Viernes 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)

Viernes 4 de julio (Independence Day)

Miércoles 9 de julio (Día de la Independencia)

Lunes 1 de septiembre (Labor Day)

Lunes 13 de octubre (Columbus Day)

Martes 11 de noviembre (Veteran’s Day)

Jueves 27 de noviembre (Thanksgiving)

Viernes 28 de noviembre (Thanksgiving)

Lunes 8 de diciembre (Inmaculada Concepción)

Jueves 25 de diciembre (Navidad)


Donations to Argentina

Under some circumstances, donations with origin in the United States and destination in Argentina can enter Argentina tax-free with the help of this Consulate. Those circumstances include where the donor lives, who the donee is, and the nature of the goods to be donated.

Eligibility of donor

You can ask help from this Consulate in order to make a donation to Argentina only if the donor person or institution has legal residence in one of the states of the United States over which this Consulate has jurisdiction. If the donor resides elsewhere, please check out https://www.cancilleria.gob.ar/en/representaciones.

Eligibility of donee

You can only make a donation to:

The Public Sector:

The Private Sector:

For donations to the Private Sector, the donee needs to meet all these criteria:

How to start the donation process

If the donee meets the criteria stated above, the donor should:

1) Prepare a draft Donation Certificate, written in Spanish, to be printed on letterhead paper, using this model:

CERTIFICADO DE DONACIÓN

Datos de la entidad donante: (please add DONOR’S name, address, phone number and email address).

Datos del donatario: Nombre de la entidad, dirección, teléfono, N° de CUIT: (please add DONEE’S name, address, phone number and CUIT number).

Valorización a sólo efecto aduanero (en dólares): (please add the approximate value in American dollars of the goods to be donated).

Peso aproximado del envío (en kilogramos): (please add the approximate weight in kilograms of the goods to be donated).

Descripción de los elementos donados: (please describe the items to be donated and specify whether they are brand new or used).

(Please add signature and stamp of donor)

2) Add a draft Packing list specifying the items to be donated. Use these guidelines according to the items’ nature:

Medications: Active ingredient, amount, kind of packaging and expiration date. The expiration date should be at least 6 months after the date of arrival of items to Argentina.

Hospital supplies: Description, quantity, kind of packaging, expiration or sterilization date, maker, lot number. These items should have an expiration date at least one year after the date of arrival of items to Argentina.

Medical equipment, machinery, electronics: Make, model, serial #, pictures of the equipment. Brand new equipment should be accompanied by its user manual. If these items are used, a certificate should be added stating they operate properly, or that they have been properly disinfected. Used equipment older than 10 years is not eligible for donation.

Food: Description, amount, packaging type and expiration date (this date should be at least 6 months after the date of arrival of the food to Argentina). Be aware that meat and its derivatives cannot enter Argentina if they come from Europe, the US or Canada.

Used clothes: Full description and a disinfection certificate. Used clothes are not eligible for donation to Civil Associations and Foundations.

Computers, monitors, electric equipment: Make and model, Serial # for each item. If these items are used, a certificate should be added stating they operate properly.

New clothes, footwear or toys: These items require an accurate description and could face the need of exceptions to be granted by the National Secretary of Industry in Argentina.

For items not listed above: You should inform the Consulate so that we can ask control bodies in Argentina about elegibility for donation.

3) Scan and send both drafts (the Donation Certificate and the packing list) to secom_clang@cancilleria.gob.ar before sending any goods to Argentina. We will study those documents and get back to the donor with approval or suggestions.

4) Once the donor receives the Consulate’s approval, sign and stamp the CERTIFICADO DE DONACIÓN and the packing list and send us both documents to ARGENTINE CONSULATE, 5055 Wilshire Blvd, Suite #208, Los Angeles, CA 90036 so that we can add the Consulate’s VISTO on those documents. Add a self-addressed pre-paid envelope so that we send you back the VISTOed documents. If this is the first time you are doing this type of procedure, please add a copy of your ID.

5) Send both documents with our Consulate’s VISTO, to the donee in Argentina, and ask the donee to submit them to Argentine Customs (Aduana) together with a “nota de aceptación” (acceptance note) for the donation.

If donor or donee have further questions

Email us to secom_clang@cancilleria.gob.ar


El 911 y el celular de guardia consular

Si usted tiene una emergencia en Estados Unidos que requiere paramédicos, policías o bomberos, llame inmediatamente al 911. Este servicio de emergencias cuenta con operadores hispanoparlantes.

Si se trata de una emergencia ocurrida en la jurisdicción de este Consulado y que afecta a una ciudadana o ciudadano argentino fuera del horario de atención al público, puede comunicarse con un oficial consular de guardia al 323-459-9780 en estos casos:

Si su situación no es una de estas emergencias, no marque este teléfono porque le estará quitando a otra persona la oportunidad de comunicarse y recibir una asistencia consular rápida y adecuada.


Elecciones argentinas: voto en el exterior

Desde el año 1991, la ley 24007 prevé el voto desde el exterior, para cargos nacionales, en elecciones argentinas. Para poder votar en el Consulado General argentino en Los Ángeles, se requiere estar inscripto en el padrón electoral de este Consulado.

A diferencia del voto en la Argentina, el voto en el exterior no tiene carácter obligatorio. Al igual que en la Argentina, el voto es posible a partir de los 16 años de edad.

El padrón del Consulado se confecciona automáticamente a partir de la actualización de domicilio en el DNI: si su DNI indica domicilio en la jurisdicción del Consulado, y el cambio de domicilio en el DNI se realizó con suficiente anticipación, usted debería figurar en el padrón electoral del Consulado.

Si usted desea saber si se encuentra en el padrón electoral del Consulado, consulte el padrón electoral. Para poder votar en el Consulado, usted debe aparecer en el distrito “Argentinos en el exterior” y dentro de ese distrito aparecer como votante en “CLANG - CONS. GRAL. Y CPC EN LOS ANGELES - EEUU”.

En los días de elecciones, las mesas de elección están abiertas entre las 8 AM y las 6 PM (hora de Los Ángeles).

La elección se realiza habitualmente en el salón de planta baja del edificio del Consulado en 5055 Wilshire Blvd.

El voto tiene dos modalidades: presencial y por correo. Los detalles sobre la modalidad por correo se informarán en este lugar cuando sean comunicados por las autoridades.

El único documento válido para votar es el DNI. El votante debe utilizar su último DNI.

El día de la elección, el Consulado únicamente funciona para depositar el voto y para justificar la no emisión del voto. La justificación puede hacerla online el propio ciudadano, sin concurrir al Consulado, desde el día de la elección y durante 60 días, en la página del Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral.

Todo reclamo sobre el padrón debe efectuarse online directamente en la página de la Oficina de Reclamos de la Cámara Nacional Electoral.


Entering Argentina with your medications

A traveler may enter Argentina carrying medications for personal use, but customs authorities may request the medical prescription and treatment for them. The amount of medications to be introduced must be proportional to the length of stay in Argentina.

Further details can be obtained on the AFIP webpage.


Funcionarios


Ingreso a la Argentina con animales

El Consulado no participa de los trámites para ingresar en la Argentina con mascotas o animales de otro tipo. La siguiente información orienta al interesado para que acuda a las instituciones que corresponde.

En la Argentina, el organismo con competencia en materia de ingreso de animales acompañados de sus dueños es el SENASA, por lo que se deben seguir sus instrucciones tal como aparecen en la página web pertinente.

En Estados Unidos, el Departamento de Agricultura (USDA) tiene información específica en la página web correspondiente.

En resumen, SENASA exige un certificado zoosanitario y una constancia de vacunación expedidos por veterinarios estadounidenses, y la certificación de esos documentos por autoridades estadounidenses: los animales que cumplan con los requisitos mencionados no serán sujetos a cuarentena. En caso de sospecha de una enfermedad infecto-contagiosa, SENASA tomará medidas para aislar al animal.

Observación sobre animales que no sean perros o gatos

Para información sobre regulaciones referentes a la introducción de animales domésticos exóticos, comuníquese con el SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) mediante la página de contacto de su portal.


Ingreso a la Argentina con medicamentos

Un viajero puede ingresar a la Argentina con medicación para su consumo personal, pero la autoridad migratoria puede exigirle que muestre la receta y tratamiento indicado por un médico. La cantidad de medicación a introducir debe ser proporcionada a la duración de la estadía en la Argentina.

Para más detalles, sugerimos leer la correspondiente página de la AFIP.


Inscribir en la Argentina un matrimonio o divorcio celebrado en el exterior

La ley argentina prevé que un matrimonio o divorcio celebrado y registrado en el extranjero pueda inscribirse en un Registro Civil argentino.

El procedimiento es judicial (no consular) y lo inician los interesados a través de un abogado que actúa en la Argentina en representación de los cónyuges. Para iniciar el trámite, los interesados deberán proporcionarle el certificado estadounidense de matrimonio, legalizado mediante la Apostilla de La Haya.

El Consulado no participa del trámite, salvo que los cónyuges le soliciten al Consulado hacer un poder para que el abogado actúe en la Argentina en nombre de los interesados.


Inscripción de fallecimiento de un argentino

El Consulado puede inscribir en el Registro Civil argentino el fallecimiento, ocurrido en su jurisdicción, de una persona de nacionalidad argentina. El trámite puede hacerse de modo personal o por correo postal. Esta inscripción es un requisito previo para poder obtener la partida argentina de defunción y eventualmente para tramitar la baja de un beneficio (jubilación o pensión).

La persona que solicita la inscripción deberá contar con:

Cómo iniciar el tramite

Esta documentación puede ser presentada personalmente en nuestras oficinas o remitida por correo postal. Se sugiere escanearla y remitirla previamente a secon_clang@cancilleria.gob.ar para su verificación.

Una vez recibida y verificada la documentación en el Consulado, la inscripción estará lista en un plazo estimado de dos semanas.

Una vez obtenida la inscripción del fallecimiento, la persona interesada podrá retirar la partida de defunción argentina.

Observación sobre nombres

El nombre de la persona fallecida debe aparecer en el certificado estadounidense de defunción exactamente igual que en su DNI argentino. Si una fallecida aparece con el apellido de casada, esta discrepancia debe salvarse en el mismo certificado estadounidense utilizando el campo AKA (“also known as”) o similar. No se aceptarán certificados estadounidenses que usen una letra inicial de “middle name”, o de cualquier otra parte del nombre.

Observación sobre trámites en ANSES posteriores a un fallecimiento

La partida argentina de defunción debe ser presentada por la persona interesada a ANSES para tramitar la baja del beneficio de la persona fallecida, en caso de que esta fuera titular de una jubilación o pensión de ANSES.

Observación sobre alternativa de tramitación directa en la Argentina

Como alternativa a esta tramitación consular, la documentación arriba descripta puede ser presentada directamente en la Argentina, ante las distintas oficinas potencialmente involucradas (Registro Civil, RENAPER, ANSES), para la realización de la inscripción de fallecimiento, obtención de partida de defunción y tramitación de cese de beneficio de ANSES. Se sugiere consultar, para detalles, a un gestor en la Argentina.


Jurisdicción del Consulado General en Los Ángeles

La jurisdicción del Consulado General argentino en Los Ángeles comprende los Estados de Alaska, Arizona, California, Hawaii, Idaho, Montana, Nevada, Oregon, Utah, Washington y Wyoming, el Estado Libre Asociado de Islas Marianas del Norte, y además los Territorios insulares estadounidenses en el Océano Pacífico (Guam, Samoa Americana, Atolón Johnston, Atolón Midway, Isla Wake, Arrecife Kingman, Isla Jarvis, Isla Baker, Isla Howland y Atolón Palmyra).


Legalizaciones

En general, los documentos de origen argentino o estadounidense, para ser válidos en el otro país, necesitan que las autoridades del país de origen del documento le agreguen la Apostilla de La Haya. Esto ocurre sin participación de este Consulado, pero hay excepciones que se detallan a continuación.

En el caso de documentos argentinos, el Consulado puede tramitar la colocación en la Argentina de la Apostilla de La Haya para partidas de nacimiento, matrimonio y defunción DIGITALES ORIGINALES obtenidas por el interesado y para títulos educativos universitarios o secundarios (que, si son anteriores a 2012, requieren haber sido previamente legalizados por el Ministerio del Interior). En estos casos, debe enviarnos a secon_clang@cancilleria.gob.ar la partida obtenida o el título, para su verificación. El costo de esta tramitación de Apostilla es de 30 dólares + 6 dólares, que se abonan en dos pagos separados mediante alguno de los medios de pago admitidos.

Para el resto de los documentos argentinos, el interesado puede informarse directamente en el portal de Apostilla de la Cancillería Argentina. Esto incluye las partidas en soporte papel (no digitales) así como las partidas digitalizadas que carezcan de firma digital de funcionario público.

En el caso de documentos estadounidenses de naturaleza comercial o aduanera (por ejemplo: certificados de origen, facturas comerciales, listas de precios), el interesado puede solicitarnos sobre ellos un visto consular o una legalización consular.

Para el resto de los documentos estadounidenses, el interesado debe recurrir a la autoridad local responsable de colocar la Apostilla de La Haya.


Legalizations and vistos on commercial documents

There are two types of consular interventions on commercial documents: a “visto” or a “legalization”. Please make sure you know if your customer needs a “visto” or a “legalization” by reading on.

The Consulate can inform you about general requirements for these types of operations, but please ask first a customs broker (despachante de aduana) in Argentina.

Please remember that the Argentine Customs (a part of the Federal Administration of Public Revenue, AFIP) is the agency that controls goods that enter or exit the Argentine territory. Therefore, they have the final decision on admitting goods.

Both “vistos” and “legalizations” cost 200 dollars for each document, payable by money order only to the “Consulate of Argentina”. “Vistos” and “legalizations” cannot be issued for American documents that carry the “Apostille” stamp on them.

When to ask for a consular “visto”

Commercial documents other than Certificates of Origin (for example, commercial invoices and price lists) are subject to a consular “visto”. The Consulate can certify that a given document, private or public, has been seen (“visto”) by an Argentine consul.

This intervention does not imply either certification or legalization of the signature or of the content of the document by the Consulate. It solely gives certainty of date and place of its presentation to the Consulate.

If you require a “visto” on a commercial invoice or price list, please specify so in a letter sent along the documents.

The first time you or your business ask for a Consulate’s “visto”, you will need to have the commercial document previously legalized by a Chamber of Commerce or Board of Trade within the Consulate’s jurisdiction.

When to ask for a consular “legalization”

Certificates of Origin of US goods just need to be legalized by a Chamber of Commerce or Board of Trade within the Consulate’s jurisdiction before requesting the consular “legalization”.

Certificates of Origin of goods manufactured in countries other than the US need that the US exporter send us the certificate issued by the country of origin (for example China). The exporter has to add an affidavit, printed on the reverse of the certificate, stating:

  1. That the US exporter is the owner of the goods to be exported;
  2. Date and number of the invoice by which the US exporter bought the original goods from an exporter in a third country (for example, China);
  3. Full name of the importer in Argentina;
  4. Description of the goods to be exported to Argentina, quantity and gross weight.

This affidavit must be signed and stamped by the exporter and this signature must be authenticated (signed and stamped) by the Chamber of Commerce or Board of Trade.

Certificates of Origin can be legalized by the Consulate up to one year after the date of issue and they should be sent to Argentina within 6 months of the date of legalization by the Consulate.

Procedures

  1. Email the scanned documents to secom_clang@cancilleria.gob.ar. Once we have reviewed and verified them, we will send you a confirmation email and you can submit the original documents either by postal mail or in person along with a “letter of registration” (see below), already completed and signed.
  2. Make a money order payable to “Consulate of Argentina”, for 200 dollars per each certificate. Include a prepaid envelope or courier slip, with the waybill duly completed, to return the documents to you, unless they will be picked up personally at our office (see below, “postal remittances”).
  3. The documents will be processed and returned in 5 business days, as from the date of the arrival to the Consulate.

About the Letter of registration

Please make sure that the signature on the letter of registration is legible and that there is a seal with the name of the authority under the said signature. We are not allowed to intervene documentation unless there is a seal clarifying the signature of the authority of the Chamber of Commerce on the Letter of registration. Please also make sure that the signature of the member of the Chamber of Commerce on the Letter of registration is in ink and not stamped, unless you can provide a letter from the Chamber of Commerce certifying that this is standard procedure at the Chamber and providing a Register of Signature in both ink and a stamp. Otherwise the documents will be returned to you without consular intervention. The Letter of registration should be written according to the following model.

Letter of registration, page 1

Date

Consulate General of the Argentine Republic in Los Angeles
5055 Wilshire Blvd, Suite #210
Los Angeles, California, 90036.

The xxxxxxx Chamber of Commerce authorizes xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx to sign commercial documentation on behalf of the xxxxxxx Chamber of Commerce. An official Register of his/her signature can be found on the second page of this letter.

Should you have further questions, please do not hesitate to contact the xxxxxxxx Chamber of Commerce at xxxxxxxxxxxx.

Sincerely,

xxxxxxxx

(SIGNATURE IN INK)

Seal clarifying the signature of the authority of the Chamber of Commerce
Title, official email address of the person who wrote this note on behalf of the Chamber"

Letter of registration, page 2

The second page of the Letter of registration must begin with the title “Register of Signature”, and must contain the full signature and a short signature of the officer of the Chamber who will sign Certificates in ink, and the officer’s seal or the the seal of the Chamber of Commerce, and the officer’s contact data or those of the Chamber (address, telephone, fax number and email).

Postal remittance

For US goods, submit the original documentation (no photocopies or faxed copies will be accepted).

For goods manufactured in countries other than the US, submit original or a photocopy of the Certificates of Origin of the country of origin with an endorsement on its back.

Documents to be intervened by this Consulate CANNOT HAVE THE “APOSTILLE” stamp on it.

After the Consulate’s intervention, your documents will be mailed back to you in a self addressed stamped envelope. This envelope should state the Consulate General of Argentina (5055 Wilshire Blvd, Suite 210, Los Angeles, CA 90036) as the sender and yourself as recipient. We recommend you use a tracking-number shipping.

Note: This Consulate does not take responsibility for delays or losses in the mail or courier.

Location: 5055 Wilshire Blvd., Suite 210, Los Angeles, CA 90036

Hours: the Legalizations Department is open Monday to Friday from 9 AM to 12:30 PM (for submission and collection of applications). The Consulate is closed on Argentine and U.S. holidays.

For further inquiries please email secom_clang@cancilleria.gob.ar.


Mecanismos de pago

En el Consulado Argentino en Los Ángeles pueden pagarse los trámites de dos maneras diferentes (“money order” o Posnet) que se detallan a continuación.

Pago mediante “money order”

Todo trámite puede pagarse adquiriendo en tiendas 7eleven, oficinas del correo, supermercados, bancos, un “money order” a nombre de “Consulate of Argentina” por el monto correspondiente al trámite. En cercanías del Consulado hay una tienda 7eleven y una oficina del correo, pero son igualmente aceptables los “money orders” comprados en otros lugares.

Para los trámites hechos por correo, sin visita al Consulado, el pago mediante “money order” es la única opción disponible.

Pago mediante tarjeta bancaria (débito o crédito)

Todo trámite presencial en el Consulado puede también pagarse usando las máquinas Posnet del Consulado, con tarjeta de débito o de crédito.

Observación sobre costos de operación

Tanto el sistema de “money orders” como el sistema de pago Posnet aplican un pequeño recargo (“fee”) a la transacción. El monto efectivamente pagado por el usuario es el arancel consular informado más ese pequeño recargo de la pasarela de pagos.


Nacionalidad argentina

El Consulado puede otorgar nacionalidad argentina “por opción” a extranjeros de cualquier edad que residan en la jurisdicción del Consulado y sean hijos de un argentino nativo (es decir, hijos de alguien nacido en la Argentina). El Consulado no puede otorgar nacionalidad argentina por matrimonio u otros motivos.

La explicación a continuación llama “optante” al extranjero que adquirirá por opción la nacionalidad argentina, y detalla qué documentos debe conseguir y cómo deben estar preparados.

Documentos [A], que usted debe proporcionar en todos los casos

[A1] Certificado de nacimiento del optante
[A2] Partida de nacimiento de un progenitor, nacido en la Argentina, del optante
[A3] Prueba de residencia en la jurisdicción de este Consulado argentino

Cómo debe ser cada uno de esos documentos

[A1] Certificado de nacimiento del optante: debe haber sido expedido en los últimos 6 meses; llevar la Apostilla de La Haya puesta por las autoridades del Estado que lo emitió; ser acompañado por una traducción profesional al español; consignar todos los nombres sin ninguna abreviatura (no se aceptan iniciales) y con la forma exacta como aparecen en los documentos de identidad de los progenitores. Si la coincidencia de nombres no es perfecta, o el certificado usa iniciales en los nombres, usted deberá solicitar un certificado con rectificaciones. Este certificado, con sus eventuales rectificaciones, debe obtenerlo usted mismo del registro civil del Estado de nacimiento. El único caso de disidencia de nombres que no requiere ser salvado con una rectificación del certificado es el del optante que lleva en su documento de identidad el apellido de casado (ver abajo Documento B2).

[A2] Partida de nacimiento del progenitor (nacido en la Argentina) del optante, que transmitirá la nacionalidad: debe haber sido expedida en los últimos 6 meses. Esta partida argentina debe obtenerla usted mismo usando los Registros Civiles online o un gestor en la Argentina. No requiere legalizaciones. Las partidas digitales, descargadas como PDF de los Registros Civiles argentinos digitalizados, funcionan como originales.

[A3] Prueba de residencia en la jurisdicción de este Consulado argentino: puede consistir en facturas (“bills”) a nombre del optante (o de sus progenitores, si el optante no ha cumplido 18 años).

Documentos [B], para optantes que hayan cumplido 18 años

[B1] Documento de identidad del optante: puede ser un pasaporte o un REAL ID.

[B2, eventual] Certificado de matrimonio del optante, si tiene en su documento de identidad un apellido distinto del que aparece en su certificado de nacimiento, porque usa el apellido de su cónyuge. Este certificado deberá llevar Apostilla de La Haya y traducción profesional al español.

Documentos [C], para optantes que no hayan cumplido 18 años

[C1] DNI argentino vigente del progenitor argentino (nacido en la Argentina) del optante.

[C2] Documento de identidad (DNI vigente, o pasaporte, o REAL ID) del otro progenitor.

[C3, eventual] Certificado de matrimonio entre los progenitores del optante, si uno de ellos tiene en su documento de identidad un apellido distinto del que aparece en el certificado de nacimiento del optante, porque usa el apellido de su cónyuge. Este certificado deberá llevar Apostilla de La Haya y traducción profesional al español.

[C4, eventual] Certificado de defunción del progenitor fallecido, si uno de los progenitores del optante está fallecido. Este certificado, si no es argentino, deberá llevar Apostilla de La Haya y traducción profesional al español.

[C5, eventual] Sentencia judicial argentina (“exequatur” de la sentencia estadounidense) donde conste que la responsabilidad parental (o patria potestad o custodia total) del optante recae en uno solo de los progenitores, si ese es el caso y el otro progenitor no se aviene a firmar su consentimiento en el Acta de Nacionalidad.

Cómo iniciar el trámite

Tras haber leído entera esta página y haber reunido la documentación que corresponda según la edad del optante, inicie la solicitud ingresando en el formulario bit.ly/iniciar-nacionalidad-argentina. Al concluir el llenado de ese formulario, le enviaremos por email un código de trámite e instrucciones para continuar.

El Consulado recibirá la documentación que usted enviará en base a esas instrucciones, la analizará, informará que se encuentra completa y aceptada o que debe complementarse, y realizará la inscripción del nacimiento en el Registro Civil argentino. A continuación, el Consulado asignará por email un turno para la firma del Acta de Nacionalidad.

Cómo se desarrolla el acto el día del turno

El día del turno, concurrirá al Consulado el optante (acompañado de sus progenitores, con sus propios documentos de identidad originales, en caso de no haber cumplido 18 años), y abonará dos trámites por un monto, respectivamente, de 80 dólares (para el Acta de Nacionalidad) y de 15 dólares (para el DNI), por alguno de los medios de pago admitidos.

En el Consulado se firmará el Acta de Nacionalidad junto con el Cónsul General y a continuación se tomarán, para el futuro DNI, huellas dactilares y foto del optante.

Información complementaria

Observación sobre el Consulado argentino competente

El optante debe iniciar su trámite de adquisición de nacionalidad en el Consulado argentino que corresponda a su lugar de residencia, y no en aquel con jurisdicción sobre su lugar de nacimiento. Si el optante reside en la jurisdicción del Consulado argentino en Los Ángeles, deberá iniciar el trámite para obtención de nacionalidad argentina ante este Consulado, independientemente de en qué lugar del mundo haya nacido.

Otras observaciones sobre el trámite

El DNI del optante puede demorar alrededor de 6 semanas en llegar al Consulado. Si el optante ha tramitado conjuntamente su DNI y su primer pasaporte, el envío puede demorar alrededor de 9 semanas.

Las citas generalmente son a las 9 de la mañana. Todo el segmento presencial del trámite dura entre 3 y 4 horas. Por favor, tenga en cuenta el tiempo que demora el trámite, y evite agendar citas o reuniones durante esas horas.

La Apostilla de La Haya es una legalización internacional simplificada de documentos: una hoja que la autoridad competente agrega al documento público. En EEUU se solicita en la Secretaría de Estado correspondiente al Estado que expidió el documento público.

El Consulado no acepta certificados o testimonios de nacimiento de los progenitores argentinos, sino únicamente su partida de nacimiento.

Al obtener la nacionalidad argentina, el optante no pierde derechos o la ciudadanía estadounidense.

Únicamente tener un progenitor argentino nativo da derecho a tramitar la nacionalidad a través del Consulado. El matrimonio con un ciudadano argentino, en cambio, así como otras circunstancias, no dan este derecho: en estos otros casos, debe consultar a un Registro Civil o al RENAPER cómo obtener en la Argentina la nacionalidad argentina.

Casos especiales para optantes que no hayan cumplido 18 años

Progenitor ausente o que no puede asistir

Para gestionar la nacionalidad argentina por opción de un menor de edad, se deben presentar ambos progenitores y prestar su consentimiento. Si alguno de ellos hubiera fallecido, su certificado de defunción deberá ser presentado por el otro progenitor (ver arriba, documento C4).

Progenitores divorciados

Si los progenitores están divorciados y uno solo de ellos tiene la responsabilidad parental (o patria potestad o custodia total) del menor, dada por sentencia de un juez estadounidense, el interesado deberá optar por alguna de estas soluciones:

  • Que el otro progenitor se presente el día de la firma del Acta de Nacionalidad y firme en ella su consentimiento; o
  • Contratar un abogado en la Argentina para gestionar que un juez argentino “haga suya” la sentencia estadounidense. Este proceso es conocido como exequátur y culmina con una sentencia argentina que deberá ser presentada al Consulado (ver arriba, documento C5).

Posibilidad de solicitar, además del DNI, el pasaporte argentino

En el caso de optante que no haya cumplido 14 años de edad el día de la cita, sus progenitores podrán solicitar en el mismo acto un pasaporte argentino para el optante, con un costo de 165 dólares a pagar por alguno de los medios de pago admitidos. El optante que haya cumplido ya los 14 años, para poder tramitar el pasaporte argentino, deberá esperar a recibir su DNI.

El Departamento de Registro Civil y Nacionalidad del Consulado responde consultas por email (nacionalidad_clang@cancilleria.gob.ar) si estas no implican repetir la información que aparece en esta página, que se supone leída previamente por el consultante.


Partidas de registros civiles argentinos

Si usted necesita una partida de un registro civil, recuerde que en la Argentina cada provincia cuenta con su propio Registro. El Consulado no tramita estas partidas, que deben ser solicitadas por el interesado directamente al Registro Civil correspondiente al lugar donde el acto (nacimiento, matrimonio, defunción) ocurrió.

Cada vez es mayor el número de provincias que ofrecen un servicio en línea para que el interesado solicite a sus Registros Civiles las partidas necesarias. A continuación podrá consultar la página respectiva de cada gobierno provincial:

Ciudad de Buenos Aires
Provincia de Buenos Aires
Provincia de Catamarca
Provincia del Chaco
Provincia del Chubut
Provincia de Corrientes
Provincia de Córdoba
Provincia de Entre Ríos
Provincia de Formosa
Provincia de Jujuy
Provincia de La Pampa
Provincia de La Rioja
Provincia de Mendoza
Provincia de Misiones
Provincia del Neuquén
Provincia de Río Negro
Provincia de Salta
Provincia de San Juan
Provincia de San Luis
Provincia de Santa Cruz
Provincia de Santa Fe
Provincia de Santiago del Estero
Provincia de Tierra del Fuego
Provincia de Tucumán

Si usted va a presentar la partida a autoridades estadounidenses, probablemente le pidan que sea legalizada mediante la Apostilla de La Haya argentina.


Pasaporte provisorio

El “Pasaporte Provisorio Serie A”, tramitado y confeccionado en sede consular con un costo de 30 dólares, es válido al solo fin de regresar a la Argentina y se expide únicamente a ciudadanos argentinos que, contando con documentación que pruebe su nacionalidad (por ejemplo, un pasaporte vencido), demuestren mediante un pasaje la inminencia del viaje a la Argentina.

El “Pasaporte Provisorio Serie A” es una hoja oficial, válida por 60 días al solo efecto de volver a la Argentina. Permite viajar de EEUU a la Argentina sin escalas, o haciendo sólo escalas técnicas que no impliquen atravesar aduana.

Caso de pasaporte para mayores de edad

Para solicitar un “Pasaporte Provisorio Serie A” al Consulado argentino, un argentino mayor de edad debe contar con:

Caso de pasaporte para menores de 18 años

Para solicitar un “Pasaporte Provisorio Serie A” al Consulado argentino, un argentino que no haya cumplido los 18 años deberá contar con la documentación arriba señalada, y además:

Cómo iniciar el trámite

La obtención de un pasaporte es un trámite personal, porque el titular del pasaporte debe firmar y colocar su impresión digital. Para iniciar el trámite, envíe a secon_clang@cancilleria.gob.ar foto o escaneado de toda la documentación arriba indicada. El Consulado analizará esa documentación y le responderá por la misma vía. Al concurrir al Consulado el día de la cita, deberá pagar 30 dólares para abonar el trámite por alguno de los medios de pago admitidos.


Pasaporte regular

El pasaporte regular es el que RENAPER (Registro Nacional de las Personas) expide a ciudadanos argentinos. El Consulado General en Los Ángeles lo tramita también para argentinos residentes en su jurisdicción. En el Consulado se toman los datos biométricos; luego el RENAPER confecciona el pasaporte en Buenos Aires y lo remite al Consulado para su entrega al titular.

Caso de pasaporte para mayores de edad

Para solicitar un “Pasaporte regular” al Consulado argentino, un argentino mayor de edad debe contar con:

Si su DNI tiene formato de libreta verde, o usted sólo cuenta con Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica, con estos documentos deberá tramitar simultáneamente el nuevo DNI tarjeta y el pasaporte regular de RENAPER.

Si usted ni siquiera cuenta con DNI formato de libreta verde ni Libreta de Enrolamiento ni Libreta Cívica, deberá obtener un DNI tarjeta y una vez emitido este, podrá tramitar el pasaporte regular RENAPER.

Caso de pasaporte para menores de 18 años

Para solicitar un “Pasaporte regular” al Consulado argentino, un argentino menor de 18 años de edad debe contar con:

Caso de solicitante que es argentino por opción o por naturalización

Si el ciudadano argentino que inicia el trámite no es argentino nativo, sino argentino por opción o por naturalización, a la documentación arriba indicada deberá agregarle la carta de ciudadanía que puede obtener en la CNE o el testimonio de la opción de nacionalidad efectuada en un Consulado.

Cómo iniciar el trámite

La obtención de un pasaporte es un trámite personal, porque el titular del pasaporte debe firmar y colocar su impresión dactilar. Para iniciar el trámite, envíe a secon_clang@cancilleria.gob.ar foto o escaneado de toda la documentación arriba indicada. El Consulado analizará los documentos adjuntos y le responderá por la misma vía. Si todo se encuentra en condiciones, le otorgará una cita, a la que concurirrá con la documentación arriba indicada, y deberá pagar 165 dólares por alguno de los medios de pago admitidos. Una vez concluido el trámite en nuestras oficinas, su nuevo pasaporte llegará al Consulado desde Buenos Aires en un plazo estimado de 45 días. El Consulado le informará por email que puede retirarlo en persona o recibirlo por correo postal.


Pasaporte y su uso con doble nacionalidad

Según la Dirección Nacional de Migraciones, el ciudadano argentino que tiene también ciudadanía estadounidense puede, en ciertas circunstancias, entrar a la Argentina y salir de ella con su pasaporte argentino o con su pasaporte estadounidense. Las reglas que aplicará Migraciones en cuanto a ingreso, permanencia y egreso están explicadas en la página web respectiva, que también informa sobre otras combinaciones posibles de dos ciudadanías.


Payment methods

At the Argentine Consulate in Los Angeles, payments for procedures can be made in two ways: money order or Posnet (detailed below).

Payment by Money Order

All procedures can be paid using a money order made out to “Consulate of Argentina”. Money orders can be purchased at 7-Eleven, post offices, supermarkets, or banks. There is a 7-Eleven store and a post office near the Consulate, but money orders purchased from other locations are equally acceptable. For procedures by mail, money orders are the only option.

Payment by Bank Card (Debit or Credit)

For in-person procedures, payment can be made via the Consulate's Posnet machines using debit or credit cards.

Operational Cost Notice

Both payment methods include a small transaction fee. The final amount paid is the consular fee plus the payment gateway fee.


Poderes

Las funciones notariales del Consulado argentino lo habilitan a confeccionar poderes para ser utilizados en la República Argentina, sin necesidad de posterior legalización o apostillado del poder.

El poder tramitado en el Consulado, a un costo de 80 dólares por cada 25 renglones o fracción, es entregado al solicitante como testimonio en papel y también en formato electrónico para su uso inmediato en la Argentina.

Para solicitar un poder, la persona que otorga el poder debe contar con:

Cómo iniciar el trámite

Envíe a nacionalidad_clang@cancilleria.gob.ar foto de la documentación mencionada y adjunte un documento de texto modificable (DOC o similar, pero no un PDF) con el contenido del borrador o minuta del poder. El Consulado analizará la documentación, determinará en base a la longitud del poder el monto a abonar, y le responderá con una cita para día y hora a determinar. El día de la cita, la persona que otorga el poder exhibirá el original de su DNI o pasaporte, abonará por alguno de los medios de pago admitidos el monto informado por el Consulado en el paso anterior, y firmará ante el Cónsul General el poder. El Consulado entregará en el acto el poder en papel (en forma de testimonio), y en 48 horas enviará por email un PDF con el poder y la habilitación de firma del cónsul.

Observación sobre trámite ante “notary public”

Si venir al Consulado resulta imposible, quien otorga un poder a un apoderado en la Argentina puede recurrir a un “notary public” estadounidense, al que se le presentará el borrador o minuta preparada como arriba se detalla. La firma del “notary public”, para ser válida en la Argentina, deberá ser complementada por una Apostilla de La Haya colocada sobre ese poder. Sobre esa Apostilla estadounidense se debe consultar al mismo “notary public”.


Si es detenido en Estados Unidos

Los Consulados de la República Argentina ofrecen orientación y asistencia a personas de nacionalidad argentina detenidas por autoridades migratorias, así como a sus familiares, para ayudarlos a entender su situación legal y proteger el respeto a su integridad personal y sus derechos.

Si usted es detenido por autoridades migratorias estadounidenses:

Advertencia sobre ingreso y permanencia

Ingresar a los Estados Unidos por un paso no autorizado, o permanecer en este país por plazos mayores que los permitidos por la autoridad migratoria local, constituyen violaciones a las leyes estadounidenses, que pueden tener sanciones administrativas y penales.

Es recomendable que quien sea detenido o arrestado cuente con asesoría legal en todo momento. Los Consulados de la República Argentina no pueden representar legalmente a los connacionales en un juicio, ni cubrir el costo del proceso legal. El Consulado puede brindarle una orientación inicial y los datos de organizaciones autorizadas para prestar estos servicios.

Cómo actuar si es detenido por una infracción de tránsito


Traslado de restos humanos a la Argentina

El Consulado General en Los Ángeles no tiene intervención en el eventual traslado a la Argentina de los restos de un argentino fallecido, para el cual los interesados deben recurrir a la casa funeraria elegida. A pedido de familiares interesados, el Consulado puede inscribir el fallecimiento de un argentino en su libro de Registro Civil, si el fallecimiento ocurre en su jurisdicción.

Traslado de un cadáver a la Argentina

Usted deberá contar con los siguientes documentos:

Toda esta documentación deberá estar traducida al español y legalizada mediante la Apostilla de La Haya.

Traslado de cenizas humanas a la Argentina

Usted deberá contar con los siguientes documentos:

Toda esta documentación deberá estar traducida al español y legalizada mediante la Apostilla de La Haya.


Ubicación

El Consulado General y Centro de Promoción de la República Argentina en Los Ángeles se encuentra en:

5055 Wilshire Blvd, suite 210, Los Angeles, California 90036


Venia de viaje para menores

El Consulado puede tramitar venias o permisos de viaje, firmados por los progenitores o tutores de un menor, para que este pueda entrar y salir de la Argentina cuando no viaje acompañado por ambos progenitores o tutores. El trámite es presencial. La venia de viaje también puede ser realizada ante un “notary public”: en este caso, recuerde que ante autoridades migratorias argentinas la venia deberá presentarse traducida al español y con Apostilla de La Haya.

Para tramitar la venia de viaje en el Consulado, el interesado debe contar con:

Cómo iniciar el trámite

Envíe un email a secon_clang@cancilleria.gob.ar solicitando un turno para la tramitación de la venia, y adjunte el formulario de venia completado, y fotos o escaneados de los demás documentos. El día del turno otorgado, la o las personas autorizantes deben concurrir personalmente al Consulado, con la documentación arriba señalada. En el Consulado, abonará 50 dólares por la venia por alguno de los métodos de pago autorizados. La venia se digitalizará, y se entregará en formato electrónico y en papel al interesado, el mismo día del turno otorgado, para su uso en la Argentina.

Observaciones

Las venias de viaje emitidas por este Consulado serán presentadas ante las autoridades migratorias argentinas para ingreso a la Argentina y egreso de ella. Las venias consulares argentinas no requieren lgealización para ser válidas en la Argentina.

La venia de viaje también puede ser realizada ante un “notary public”: en este caso, recuerde que ante autoridades migratorias argentinas la venia deberá presentarse traducida al español y con Apostilla de La Haya.

Para viajes internacionales que involucran otros países, consulte con el Consulado de esos terceros países o con el Customs and Border Protection de Estados Unidos.


Visas: general guidelines

US citizens do not require a visa to enter Argentina as tourists for a stay of up to three months. The Consulate issues visas to foreign citizens who need them according to the activities they will perform in Argentina.

In order to know the visa requirements and to request an appointment for the mandatory visa interview, the applicant must send an email to the Visa Department (visas_clang@cancilleria.gob.ar), specifying:

The Consulate conducts visa interviews by appointment only, on business days from 10:00 AM to 12:30 PM.

Observations

Anticipate

You may begin your visa process 3 months prior to your arrival date to Argentina.

You must send your visa application completed at least 45 days prior to your planned trip.

Do not make irrevocable travel plans until the visa has been granted.

Privacy

The visa application process is private and personal. No applications on behalf of or in representation of third person parties will be admitted. Also, no information regarding a third person’s application will be provided.

Minimum remaining validity of passport to be valid for entry into Argentina

To enter Argentina without an Argentine visa, a foreigner’s passport only needs to be valid and does not need a minimum remaining validity. However, some flights to Argentina have layovers in other countries, and the airlines may require passports to have a minimum remaining validity period in accordance with the requirements of those countries. To avoid inconvenience, it is recommended to check with the airline about the minimum passport validity period required for travel.

To enter Argentina with an Argentine visa, a foreigner’s passport needs to have a minimum remaining validity of 6 months on the date of entering Argentina.

Electronic Travel Authorization (ETA or AVE in Spanish)

A foreigner with valid US visa category B2 / J / B1 / O / P (P1-P2-P3) / E / H-1B in his current regular passport, and who needs a tourist visa for travelling to Argentina, can replace the Argentine tourist visa application by the online application of an ETA (or AVE, in Spanish). For information on the ETA (or AVE, in Spanish) process, visit the page about AVE on the National Directorate for Migrations web.

Electronic Entry Processing (TIE 24H)

A foreigner who does not require a visa to enter Argentina as a tourist, but needs another type of visa for a short visit to Argentina, may opt between asking the Consulate for such a visa or process and obtain an Electronic Entry Processing (TIE 24H). For more information visit the page about TIE 24H on the National Directorate for Migrations web.

Visa waivers according to traveler’s nationality

The National Directorate of Migrations maintains a list of nationalities and passport types in relation to visa requirements for visiting Argentina. For more information visit the page about visa requirements on the National Directorate for Migrations web.

Entering with medications

If you plan to enter Argentina carrying your medications, keep the corresponding advices in mind.

Paying for a visa application grants no rights

When you pay the fee for a visa application, you are not guaranteed to get your visa. The Consulate will evaluate each application and the fee will not be reimbursed to the applicant should the application be denied by the Consulate.


Visas: pautas generales

Los ciudadanos estadounidenses no requieren visa para ingresar a la Argentina como turistas por un plazo de permanencia de hasta tres meses. El Consulado da visas a ciudadanos extranjeros que las necesiten para las actividades que van a realizar en la Argentina.

Para conocer los requisitos de visado y para solicitar una cita para la obligatoria entrevista de visa, el solicitante debe enviar un email al Departamento de Visas (visas_clang@cancilleria.gob.ar), especificando:

El Consulado realiza entrevistas de visas únicamente con cita previa, en días hábiles de 10 a 12:30.

Observaciones

Anticipación

Puede iniciar el proceso de visa 3 meses antes de la fecha de llegada a la Argentina.

Debe enviar su solicitud de visa completa con al menos 45 días de antelación al viaje planificado.

No haga planes de viaje irrevocables hasta que la visa haya sido concedida.

Privacidad

El proceso de solicitud de visa es privado y personal. No se aceptan solicitudes en nombre de otras personas. No se informa a nadie sobre solicitudes de otras personas.

Validez restante mínima del pasaporte para el ingreso a la Argentina

Al extranjero que ingresa a la Argentina sin visa argentina no se le exige un periodo de validez restante mínima del pasaporte, sino únicamente que esté vigente. Sin embargo, algunos vuelos a la Argentina tienen escala en terceros países, y las aerolíneas pueden imponer que los pasaportes tengan un periodo de validez restante mínima conforme a los requerimientos de dichos países. Por lo tanto, y a fin de evitar inconvenientes, se sugiere consultar a la aerolínea el periodo de validez restante mínima del pasaporte requerida para poder viajar.

Al extranjero que ingresa a la Argentina con visa argentina se le exige que en el momento del ingreso en la Argentina, su pasaporte tenga una validez restante mínima de 6 meses.

Autorización de Viaje Electrónica (AVE)

Un extranjero con visa estadounidense vigente categoría B2 / J / B1 / O / P (P1-P2-P3) / E / H-1B en su pasaporte regular vigente, y que requiera visa para ingresar como turista en la Argentina, puede optar entre solicitar al Consulado una visa de turista o tramitar y obtener online un AVE. Para obtener información sobre el proceso AVE, visite la página web sobre AVE de la Dirección Nacional de Migraciones.

Tramitación de Ingreso Electrónica (TIE 24H)

Un extranjero que no requiera visa para ingresar como turista a la Argentina pero requiera una visa de corta duración por otros motivos, puede optar entre solicitar al Consulado esa visa o tramitar y obtener online una Tramitación de Ingreso Electrónica (TIE 24H). Para más información visite la página web sobre TIE 24H de la Dirección Nacional de Migraciones.

Exención del requisito de visa según nacionalidad del viajero

La Dirección Nacional de Migraciones mantiene un listado de nacionalidades y tipos de pasaporte en relación con los requisitos de visado para viajar a la Argentina. Para más información visite la página web sobre visados de la Dirección Nacional de Migraciones.

Ingreso con medicamentos

Si planea ingresar a la Argentina con medicamentos, tenga en cuenta las recomendaciones pertinentes.

Pagar una solicitud de visa no da derechos

Cuando usted paga el arancel de la tramitación de una visa, no tiene garantizado que la visa le será otorgada. El Consulado evalúa cada solicitud y, en caso de ser denegada la visa, el arancel pagado no es reembolsado al solicitante.


Visto consular

El Consulado puede intervenir un documento presentado por el interesado agregando sello y firma del Cónsul, para confirmar así que ese documento ha sido presentado al Consulado en determinada fecha. Puede hacerse de modo presencial o por correo postal.

Cómo iniciar el trámite

El interesado debe contar con lo siguiente:

El interesado puede optar entre solicitar a secon_clang@cancilleria.gob.ar un turno para la realización del trámite en modalidad presencial, o remitir la documentación por correo postal, acompañando un sobre de respuesta prepago.

Observaciones sobre el “visto consular”

El visto consular no constituye una “legalización” del documento, ni reemplaza a la Apostilla de La Haya que es la única legalización internacional entre la Argentina y Estados Unidos.

Un visto consular consiste en un sello y firma del documento por el Consulado para confirmar que el mismo ha sido presentado ante el Cónsul.

El visto consular no da fe de la autenticidad o del contenido del documento.